Por: Rogel Soto
Desde el 8 de febrero de 2026 entró en vigencia la segunda etapa del aumento salarial del 20 % aprobado por el Comité Nacional de Salarios (CNS) para las empresas no sectorizadas, correspondiente a un incremento adicional del 8 %, tras la aplicación inicial de un 12 % que comenzó a regir el 1 de abril de 2025.
La información fue ofrecida durante una entrevista por Santo Sánchez, vicepresidente de la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), quien explicó que con esta segunda fase los salarios mínimos quedan establecidos en RD$29,993 para las empresas grandes; RD$27,493 para las medianas; RD$18,423 para las pequeñas y RD$16,900 para las microempresas, conforme a la reclasificación vigente.
Sánchez precisó además que los guardianes de seguridad privada pasan a devengar un salario mínimo de RD$24,000, como resultado de la aplicación de este último incremento salarial aprobado por el CNS.
El dirigente sindical hizo un llamado a los trabajadores y trabajadoras a mantenerse atentos y verificar que sus empleadores estén cumpliendo con el pago del salario mínimo ya vigente.
Indicó que, en caso de incumplimiento, los afectados pueden acudir al Ministerio de Trabajo para presentar la denuncia correspondiente y solicitar una inspección laboral.
Durante la entrevista, el vicepresidente de la CNTD recordó que el contrato de trabajo no necesita formalizarse por escrito para ser válido, ya que basta con la existencia de una relación de subordinación para que se configure el vínculo laboral. En consecuencia, el empleador está legalmente obligado a pagar el salario mínimo correspondiente y a registrar al trabajador en el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Advirtió que el incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones administrativas, demandas laborales, reclamaciones de prestaciones e incluso acciones legales por daños y perjuicios, especialmente en los casos en que el trabajador sufra accidentes laborales o requiera atención médica sin estar debidamente asegurado.
Agregó que el trabajador afectado puede ejercer su derecho a la dimisión, conforme a lo establecido en el artículo 97 del Código de Trabajo, cuando el empleador incumple sus deberes legales.
Sánchez valoró de manera positiva los avances logrados en los últimos años en materia de diálogo social y tripartismo entre el Gobierno, el sector empresarial y los trabajadores, principios fundamentales del derecho laboral y promovidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
No obstante, reconoció que persisten desafíos estructurales relacionados con la libertad sindical, la negociación colectiva y el debate sobre la reforma al Código de Trabajo.
En ese sentido, reiteró el rechazo del movimiento sindical a cualquier iniciativa que busque modificar derechos adquiridos, como la cesantía, al tiempo que subrayó que el cumplimiento del salario mínimo no es negociable y constituye una obligación legal para todos los empleadores.
Finalmente, el dirigente sindical señaló que, pese a los ajustes salariales recientes, el debate sobre los ingresos laborales sigue abierto, debido al impacto de la inflación y al alto costo de la vida, por lo que insistió en la necesidad de avanzar hacia un crecimiento económico más inclusivo que se traduzca en empleos dignos, mejores salarios y mayor protección social para la clase trabajadora.






